IP News Report #3
Propiedad Intelectual, Privacidad, Nuevas Tecnologías y Publicidad legal
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_toggle title=”Data Privacy News” open=”true”]El pasado 6 de enero, WhatsApp anunció a sus usuarios que la política de privacidad del servicio iba a cambiar. Más de dos mil millones de cibernautas fueron compelidos a aceptar las nuevas condiciones antes del 8 de febrero o a renunciar íntegramente al uso de la aplicación.
Nuevo candidato a director de la Agencia de Acceso a la Información Pública
A través de la Resolución JGM N° 100/2021, el Poder Ejecutivo Nacional propuso a Gustavo Juan Fuertes para el cargo de Director de la Agencia de Acceso a la Información Pública (“Agencia”) y publicó sus datos en el Boletín Oficial. La Agencia -que es la autoridad nacional de protección de datos personales y de acceso a la información pública- se encuentra acéfala desde la renuncia de Eduardo Bertoni, que fue hecha efectiva el 1ero de enero del 2021. El candidato es abogado y escribano y ocupó distintos cargos como asesor en el Gobierno Nacional y en el de la Provincia de Buenos Aires.
Conforme al procedimiento de selección previsto en la Ley N° 27.275, la audiencia pública se realizará de manera virtual el 23 de marzo de 2021 a las 9 horas. Con posterioridad y en un plazo de 7 días de celebrada la audiencia, el Poder Ejecutivo Nacional tomará la decisión de confirmar o retirar la candidatura de la persona propuesta, debiendo en este último caso proponer a un nuevo candidato y reiniciar el procedimiento de selección.
Leer más[/vc_toggle][vc_toggle title=”Advertising Law News” open=”true”]Caso Nu Skin: Algunas reflexiones sobre cómo hacer uso de Influencers en la comunicación comercial y no ser sancionado en el intento
Recientemente fue noticia la empresa de cosmética y cuidado de la piel Nu Skin, con motivo de la multa de $ 2,5 millones de pesos (aprox. USD 30.000) que se le impuso por difundir publicidad engañosa. Si bien la resolución sancionatoria aún no se hizo pública, según se informa a través de la plataforma argentina.gov.ar, la empresa Nu Skin Argentina INC habría violado el artículo 4° de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor al no haber brindando información cierta, clara y detallada sobre sus productos. En efecto, la empresa habría prometido a los consumidores “una vida plena y una sensación de juventud” y promovido sus productos bajo patrones estereotipados de belleza, que confundían adrede la estética con la salud.
Influencers sin personería
El 25 de enero del 2021, la Inspección General de Justicia (“IGJ”) le denegó la personería jurídica a la Asociación Civil “Cámara de Influencers”. La solicitud ante el organismo buscaba agrupar a los influencers con el fin de facilitar la creación y la expansión de sus actividades específicas. La negativa de la IGJ se fundó en presuntos hechos de discriminación, homofobia, racismo y violencia de los influencers en las redes digitales que “conspiran contra el interés general y el bien común”.
Leer más[/vc_toggle][vc_toggle title=”IP News” open=”true”]Cautelar interpuesta por Carmel Country Club contra Netflix para que no nombren al barrio en la serie “Carmel ¿Quién mató a María Marta?”
Recientemente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala II, dictó un pronunciamiento en los autos “Carmel Country Club SA c. Netflix Inc y otros s/ medida cautelar” relacionado con el uso de marca ajena.
Carmel Country Club S.A. había requerido a la justicia que dicte una medida cautelar que disponga el inmediato cese de uso, promoción y reproducción de contenidos audiovisuales a través de la plataforma Netflix que incluyeran las denominaciones “Carmel Country Club” y/o “Carmel”, así como también el inmediato cese de la promoción y reproducción del documental con el título “Carmel ¿Quién mató a María Marta?”.
La serie documental versa sobre el homicidio de María Marta García Belsunce, ocurrido el 27 de octubre del 2002 en su casa ubicada en Carmel Country Club y que aún hoy permanece sin resolver.
En su primera instancia, el juez de grado resolvió rechazar el pedido cautelar de la actora, por considerar que la medida pretendida excedía el marco del instituto cautelar. Luego, la Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo y sostuvo que las partes comercializan productos y servicios completamente diferentes: mientras que la actora presta servicios inmobiliarios, la demandada ofrece a los consumidores contenidos audiovisuales.
Leer más[/vc_toggle][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Autores:
Dámaso Pardo
Socio Propiedad Intelectual, Privacidad, Nuevas Tecnologías y Publicidad Legal.
Paula Fernandez Pfizenmaier
Socia Propiedad Intelectual, Privacidad, Nuevas Tecnologías y Publicidad Legal.
Juan Agustín Otero
Asociado Propiedad Intelectual, Privacidad, Nuevas Tecnologías y Publicidad Legal.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]