Convocatoria para celebrar Acuerdos de Almacenamiento para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)

Novedades legales - 03 de Marzo, 2026

El 27 de febrero de 2026, la Secretaría de Energía efectuó una convocatoria abierta nacional e internacional para la celebración de Acuerdos de Almacenamiento con CAMMESA, con visión federal y en todas las regiones del país, en tanto sean necesarias para el SADI.

Mediante la Resolución N° 50/2026 (“Resolución 50”), la Secretará de Energía convocó a los interesados a presentar ofertas en la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional denominada “Abastecimiento de Energía Eléctrica por Centrales de Almacenamiento para reserva y confiabilidad en el MEM (AlmaSADI)” (“Convocatoria”).

La Convocatoria tiene como finalidad que se celebren “Acuerdos de Almacenamiento” con CAMMESA desinados a brindar servicios de potencia y reservas operativas y de corto plazo para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) (“Acuerdos”).

Entre otras cuestiones, la Resolución 50:

  • Aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y los Anexos de la Convocatoria (el “Pliego”). El Pliego establece niveles de potencia comprometida, precios referenciales por potencia a disposición y de energía generada, los requerimientos técnicos y formales que deben cumplir las ofertas, la valorización del impacto en la mejora de confiabilidad por nodos, de regiones y niveles de potencia según la caracterización de los nodos de conexión, la metodología de evaluación de ofertas y propuestas de adjudicación y las características de los Acuerdos de Almacenamiento.

  • Estableció que las ofertas deben asegurar la provisión de Energía Suministrada y la puesta a disposición de Potencia Contratada durante al menos 4 horas consecutivas a través de centrales de almacenamiento de energía eléctrica (BESS) nuevas.

  • Instruyó a CAMMESA a llevar adelante el procedimiento de la Convocatoria y estableció que CAMMESA emitirá la documentación comercial y abonará mensualmente el precio correspondiente a los Acuerdos (esto último, de acuerdo con lo establecido en Los Procedimientos).

  • Estableció una potencia objetivo referencial de 700 MW.

  • Estableció que CAMMESA incluirá el costo de los Acuerdos en las Transacciones Económicas, como un servicio de Reserva de Confiabilidad a cargo de toda la demanda del MEM.

Según el Cronograma de la Convocatoria (Anexo 1 del Pliego), (i) el periodo de consultas transcurrirá entre el 6 de marzo y el 17 de abril de 2026, (ii) la presentación de ofertas será el 8 de mayo de 2026, (iii) la adjudicación tendrá lugar el 19 de junio de 2026 y (iv) la firma de Acuerdos de Almacenamiento sucederá a partir del 25 de junio de 2026.

El Pliego agrega, entre otras cuestiones, lo siguiente:

  • La potencia de almacenamiento objetivo total a adjudicar (700 MW) se distribuye de la siguiente manera:
    • BAS: 150 MW
    • Centro: 100 MW
    • La Pampa: 50 MW
    • Litoral: 220 MW
    • NEA: 250 MW
    • NOA: 120 MW
    • Cuyo: 100 MW.

  • La potencia mínima que se podrá ofertar por cada Central es de 10 MW.

  • El Acuerdo de Almacenamiento (Anexo 2 del Pliego) contemplará (i) un pago mensual por la Potencia de Almacenamiento Disponible en U$S/MW‑mes, determinado en función del valor ofertado —con un valor máximo aceptado de 12.500 U$S/MW‑mes—, del almacenamiento efectivamente disponible, de la relación entre las horas de almacenamiento validadas y comprometidas, y de los factores anual y estacional, y (ii) una remuneración por la Energía Suministrada de almacenamiento, que será de 10 U$S/MWh hasta 2037, año a partir del cual se remunerará según Mercado Spot.

  • El plazo del Acuerdo será como máximo de 15 años desde su fecha de inicio.

Acceder al texto completo y los documentos licitatorios:

Resolución 50/2026

Ante cualquier duda o información adicional, contactar a:


Este es un comentario general y en modo alguno presupone asesoramiento u opinión legal. En caso de requerirlo, por favor, contáctese con nuestros profesionales.

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