Nuevas regulaciones para la industria del Gas Licuado de Petróleo
Derecho Administrativo & Regulatorio
Petróleo y Gas
La Resolución 339/2021 de la Secretaría de Energía estableció nuevas regulaciones aplicables a la industria de Gas Licuado de Petróleo (GLP). La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial del 20 de abril de 2021,
Dicha Resolución aprobó las siguientes normas:
- Técnica y de Seguridad para el uso de GLP en Motores de Combustión Interna para la Propulsión;
- Para Operadores de las Actividades Aplicables a los Equipos de Conversión para Gas Licuado de Petróleo Náutico (GLPN); a Utilizar Como Combustible para Motores de Combustión Interna a Bordo de Embarcaciones; y Otros Artefactos Navales y/o Sistemas de Despachos;
- De Condiciones Técnicas y de Seguridad para el Empleo Seguro del GLPN; en Equipos Completos de Conversión para Motores de Combustión Interna; a Bordo de Embarcaciones y Otros Artefactos Navales;
- Normas y Especificaciones para la Construcción, Instalación y Habilitación de Estaciones Servicio de GLPN.
Otras cuestiones reguladas por la Resolución
La Resolución 339/2021 también dispuso que: los operadores de las actividades aplicables a los mencionados en el punto 2 deberán estar debidamente inscriptos en el “Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo” (RNIGLP) y en el “Registro Nacional de Operadores de la Industria del Gas Licuado de Petróleo Automotor” (RNOIGLPA), ambos dependientes de la Secretaría de Energía.
Asimismo, se prevé que los operadores deberán cumplir además con las habilitaciones y permisos correspondientes. Estos permisos son otorgados por la Autoridad Portuaria y/o la Prefectura Naval Argentina y son exigidos para el desarrollo y uso del bien afectado en el área de su competencia.
Las personas jurídicas que participen en la actividad de alimentación de GLP de equipos (Kit) de conversión con cilindro removible Intercambiable estarán en condiciones de realizar sus actividades, siempre que: estén inscriptos en el RNIGLP y el RNOIGLPA; y a partir de los 180 días hábiles de la entrada en vigor de la Resolución 338/2021 (20 de abril de 2021).
La Dirección de Gas Licuado de la Subsecretaría de Hidrocarburos de esta Secretaría de Energía, estará facultada para confeccionar los instructivos necesarios para la operatoria, control y trazabilidad de las personas jurídicas que participen en la actividad de alimentación de GLP de equipos (Kit) de conversión con cilindro removible intercambiable cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones: (i) que los productores de equipos completos tengan homologados los equipos de conversión que permitan la interconexión de los “cilindros removibles intercambiables” (garrafas) de uso en las embarcaciones propulsadas con gas licuado de petróleo; y, (ii) que las embarcaciones donde se instalen los equipos de conversión se encuentren con imposibilidad de poder instalar tanques fijos en éstas y sí permitan fijar los “cilindros removibles intercambiables”.
Resolución
Se puede acceder al texto oficial de la mencionada resolución y sus anexos, haga click aquí.[/vc_column_text][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_text_separator title=”Para más información contactarse con:” i_icon_fontawesome=”fa fa-question-circle” i_color=”peacoc” add_icon=”true”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/4″][vc_posts_slider count=”3″ interval=”3″ thumb_size=”thumbnail” posttypes=”profesionales” posts_in=”4552″][/vc_column][vc_column width=”3/4″][vc_custom_heading text=”
Rodríguez Galli, Javier S.
Petróleo y Gas
Socio
javier.rodriguez.galli@bruchoufunes.com” font_container=”tag:p|text_align:left” link=”url:https%3A%2F%2Fbruchoufunes.com%2Fprofesionales%2Frodriguez-galli-javier-s%2F|||”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/4″][vc_posts_slider count=”3″ interval=”3″ thumb_size=”thumbnail” posttypes=”profesionales” posts_in=”4643″][/vc_column][vc_column width=”3/4″][vc_custom_heading text=”
Minorini Lima, Ignacio J.
Derecho Administrativo & Regulatorio
Socio
ignacio.minorini.lima@bruchoufunes.com” font_container=”tag:p|text_align:left” link=”url:https%3A%2F%2Fbruchoufunes.com%2Fprofesionales%2Fminorini-lima-ignacio-j%2F|||”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/4″][vc_posts_slider count=”3″ interval=”3″ thumb_size=”thumbnail” posttypes=”profesionales” posts_in=”6710″][/vc_column][vc_column width=”3/4″][vc_custom_heading text=”
Raparo Faure, Juan Franco
Derecho Administrativo & Regulatorio
Asociado
juan.raparo.faure@bruchoufunes.com” font_container=”tag:p|text_align:left” link=”url:https%3A%2F%2Fbruchoufunes.com%2Fasociados%2F|||”][/vc_column][/vc_row]