Actualización Normativa de la IGJ: Novedades respecto a la Memoria de los Estados Contables
El 16 de julio de 2024, la Inspección General de Justicia (“IGJ”) publicó la Resolución General N° 15/2024 (“RG IGJ 15/2024”) que reemplaza al anterior marco normativo establecido por la Resolución General N° 7/2015 y afecta a sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, tanto locales como extranjeras.
La RG IGJ 15/2024 introduce cambios significativos al régimen aplicable a la Memoria de los Estados Contables que deben confeccionar los administradores de las sociedades por acciones y/o de sociedades de responsabilidad limitada cuyo capital supere al indicado en el inciso 2º del artículo 299 de la Ley N° 19.550 (“LGS”) inscriptas en la Ciudad de Buenos Aires (la “Memoria Ampliada”).
A continuación, detallamos los puntos más destacados:
Nuevos requisitos para la Memoria Ampliada
Se simplifican los requisitos de la Memoria Ampliada, toda vez que se elimina la obligación de incluir la siguiente información:
- Información resumida comparativa con el ejercicio anterior sobre la situación patrimonial, los resultados y la generación y aplicación de fondos.
- Descripción de las principales fuentes de financiación internas y externas utilizadas, junto con la evaluación de los principales orígenes y aplicaciones del flujo de efectivo del ejercicio que faciliten la comprensión de la condición financiera de la sociedad.
- Descripción de la naturaleza y condiciones de las principales operaciones concretadas durante el ejercicio realizadas entre partes relacionadas y de las operaciones de préstamo en las cuales la sociedad o cualquiera de sus controlantes o controladas sea parte, con indicación sobre si las mismas son inusuales o extraordinarias.
Asimismo, se elimina la obligación de respetar el orden de la información requerida para la Memoria Ampliada y, para los casos en que no se posea información para suministrar en determinados puntos, la obligación de exponer tal circunstancia.
Dispensa de confeccionar la Memoria Ampliada. Ya no es requerida la autorización expresa de la Asamblea a los efectos de confeccionar la Memoria únicamente en observancia de lo establecido en el artículo 66 de la LGS, sin necesidad de contemplar la información adicional requerida para la Memoria Ampliada.
Vigencia y Aplicación Anticipada
La RG IGJ 15/2024 será efectiva a partir del 1° de noviembre de 2024. No obstante, para los trámites que se inicien o estén en curso antes de dicha fecha, se podrá solicitar la aplicación anticipada de las disposiciones más favorables de la nueva resolución.
Los alentamos a revisar el texto completo del Anexo I de la Resolución General N° 15/2024, disponible en el enlace proporcionado.
En las próximas semanas, continuaremos compartiendo newsletters quincenales que ofrecerán más detalles y orientación sobre otros aspectos relevantes de la Resolución General N° 15/2024.
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