Las DDJJ exigidas por la Ley de Inversiones Mineras deberán realizarse en formato electrónico

Newsletter - 18 de Marzo, 2021
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Minería

 

Con vigencia a partir del 18/03/2021 la Resolución N° 60/2021 de la Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación dispuso que la totalidad de las declaraciones juradas exigidas por la Ley Nacional de Inversiones Mineras Nº 24.196 y sus normas reglamentarias (LIM) deben realizarse en formato electrónico a través de la plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de “Gestión Documental Electrónica” (GDE), utilizando a tal efecto los formularios disponibles en dicha plataforma. Ello es de cumplimiento obligatorio para todos los beneficiarios inscriptos en el Registro de dicha Ley. Cualquier presentación realizada por fuera del sistema electrónico mencionado no resultará valida a los efectos del cumplimiento de las obligaciones de la LIM y pueden derivar en la aplicación de sanciones.

 

Se puede encontrar el texto oficial de la Resolución aquí.

Por cualquier cuestión contactar a: Arbeleche, SergioVedoya, Sebastián P.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]