Operaciones con títulos valores con liquidación en moneda extranjera

Novedades legales - 15 de Diciembre, 2023

El 13 de diciembre de 2023, mediante la Resolución General 988/2023, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) modificó y derogó parcialmente determinadas reglamentaciones aplicables a la negociación de títulos valores con liquidación en moneda extranjera.

A continuación, resumimos las principales modificaciones:

Plazo mínimo de tenencia en cartera (parking)

  • Ventas a cambio de moneda extranjera: Se unificó el período mínimo de tenencia de bonos en cartera (parking) para las ventas a cambio de moneda extranjera (MEP o cable) de títulos valores bajo ley local o extranjera, que en todos los casos se redujo a 1 día hábil. Se exime de tal plazo a las ventas a cambio de moneda extranjera (MEP o cable) de títulos valores adquiridos con moneda extranjera (MEP o cable), por lo cual ahora se pueden comprar títulos con USD MEP y venderlos a cambio de USD cable inmediatamente.
  • Transferencias a Euroclear: Se unificó el período mínimo de tenencia de bonos en cartera (parking) para la transferencia a centrales depositarias del exterior de títulos valores bajo ley local o extranjera, que en todos los casos se redujo a 1 día hábil. Se mantienen las mismas excepciones (i.e., títulos resultantes de la colocación primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional y acciones o CEDEAR con negociación en mercados locales).
  • Transferencias desde Euroclear con posterior venta a cambio de moneda extranjera: Se unificó el período mínimo de tenencia de bonos en cartera (parking) para las ventas a cambio de moneda extranjera (MEP o cable) de títulos valores bajo ley local o extranjera, que en todos los casos se redujo a 1 día hábil.

Régimen informativo de operaciones en mercados del exterior

  • Se eliminó la obligación de los agentes regulados por la CNV de informar a los mercados y la CNV las operaciones realizadas, como clientes, en mercados del exterior, tanto para cartera propia como por cuenta y orden de sus clientes.

Operaciones en segmento PPT y segmento bilateral

  • Se eliminaron las restricciones para realizar operaciones de compraventa con ciertos valores negociables con liquidación en moneda extranjera o transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, que exigían (i) no haber concertado operaciones de venta de bonos soberanos con liquidación en moneda extranjera en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT) en los 30 días previos, y (ii) asumir el compromiso de no concertar tales ventas de bonos soberanos en los 30 días subsiguientes.

Límite semanal para ventas PPT en USD de bonos soberanos

  • Se eliminó el límite máximo de 100.000 nominales semanales para la venta con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT), de bonos soberanos denominados y pagaderos en moneda extranjera.

Puede acceder a la RG 988/2023 en el siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/cnv   

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