Modificaciones al régimen de Etiquetado Frontal de Alimentos

Novedades legales - 27 de Diciembre, 2024

El Gobierno implementó modificaciones en la forma en la que se calculan los excesos nutricionales (calorías, grasas y azúcares) para los sellos octogonales.

El 26 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición N° 11362/2024 (“Disposición N° 11362”) de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (“ANMAT”) que actualiza la normativa sobre el etiquetado frontal de alimentos envasados.  Esta actualización se enmarca en la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable y su Decreto Reglamentario N° 151/22, con el objetivo de promover una alimentación saludable y brindar información nutricional clara y comprensible a los consumidores.

La Disposición N° 11362 establece la creación del “Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales” dentro del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos.  Este sistema incluye una Calculadora de Sellos, accesible públicamente, que permite evaluar si un producto debe llevar sellos de advertencia.

También se aprobó un nuevo Manual de Aplicación de la Ley N° 27.642 y el Decreto N° 151/2022 (Rotulado Nutricional Frontal), que proporciona directrices específicas para las instituciones con competencias en la implementación de la normativa y brinda orientación a las empresas productoras e importadoras de alimentos envasados sobre su correcta aplicación. Entre los principales cambios incorporados, se encuentran los relativos al cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías (ahora se advertirá únicamente sobre los ingredientes añadidos durante la producción, no los que forman parte natural de los alimentos). Este nuevo manual incluye:

  • Conceptos Generales sobre Rotulado: Definiciones y requisitos para el etiquetado de alimentos envasados.
  • Criterios para Establecer el Exceso de Nutrientes Críticos: Puntos de corte para azúcares añadidos, grasas totales, grasas saturadas, sodio y calorías.
  • Características del Rotulado Nutricional Frontal: Especificaciones técnicas para la ubicación y dimensiones de los sellos de advertencia.
  • Publicidad, Promoción y Patrocinio: Normas para la publicidad de productos que llevan sellos de advertencia.

Asimismo, se eliminó la presentación de declaraciones juradas de nutrientes críticos que tenían que hacer las empresas y el gestor online de prórrogas y excepciones.

Las modificaciones entrarán en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.  La ANMAT, a través del Instituto Nacional de Alimentos (“INAL”), será responsable de la autorización, control y vigilancia de la correcta aplicación de esta normativa.

Puede acceder al texto completo de la Disposición N° 11362 aquí.


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Este es un comentario general y en modo alguno presupone un asesoramiento u opinión legal. En caso de requerirlo, por favor, contáctese con nuestros profesionales.


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