La IGJ simplifica el régimen de constitución de sociedades
El 23 de septiembre de 2026 entró en vigor la Resolución General IGJ N° 11/2026, que modifica la RG 15/2024 y la RG 6/2017 en relación con los requisitos para la constitución de sociedades comerciales incluidas las sociedades por acciones simplificadas (SAS). A continuación, un breve resumen de las principales novedades:
- Eliminación del dictamen de precalificación obligatorio. El dictamen de precalificación para la constitución de sociedades pasa a ser facultativo.
- Objeto social amplio y plural. El objeto social puede conformarse por una o más categorías de actividades en términos sectoriales o funcionales, sin que se exija conexidad, complementariedad ni descripción de actividades particulares. Para las SAS, se admite la fórmula “la realización de cualquier actividad lícita”.
- Incorporación de la sede electrónica. Se puede declarar una dirección de correo electrónico como sede electrónica, con efectos jurídicos frente a socios y terceros, sin que ello sustituya la sede física.
- Más medios para acreditar aportes dinerarios. Se amplían los medios admitidos para acreditar la integración de aportes dinerarios: comprobante bancario, manifestación del escribano o constancia emitida por el sistema cuando la constitución se realice por medios digitales. Para montos de hasta dos (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, la integración puede acreditarse mediante declaración jurada del administrador o de los socios, o bien mediante acta de recepción suscripta por el representante legal.
- Cláusula arbitral. Se agrega la posibilidad de pactar que la cláusula arbitral a incorporar a los estatutos sea obligatoria para la sociedad, los socios y los miembros de todos los órganos sociales aún cuando al momento de suscitarse la controversia hubiesen perdido la condición de socio o cesado en sus cargos. La IGJ publicará en su sitio web modelos de orientativos de cláusulas arbitrales.
Los invitamos a consultar el texto completo de la Resolución General N° 11/2026 y sus modificatorias:
Resolución General N° 11/2026Nuestro equipo de Derecho Societario se encuentra a disposición para analizar el impacto de la RG IGJ 11/2026.
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