ARCA modificó el régimen de percepción aplicable a operaciones en moneda extranjera: cambios en la Resolución General 5617
Mediante la Resolución General N° 5672/2025 (“RG 5672”), publicada en el Boletín Oficial el 14.04.2025, con vigencia y aplicación desde la misma fecha, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo importantes modificaciones al régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias (“IG”) o del Impuesto sobre los Bienes Personales (“IBP”), según corresponda, establecido a través de la Resolución General N° 5617 (“RG 5617”).
Entre los principales aspectos de la RG 5672, se destacan:
- La eliminación del régimen de percepciones del IG e IBP sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico realizada por personas humanas y sucesiones indivisas, conforme la reglamentación vigente en el mercado de cambios [art. 1 inciso a) y 2 inciso e)]. Sin embargo, las compras de bienes y servicios en el exterior continuarán sujetas al régimen de percepción de la RG 5617.
- La actualización de los códigos de régimen, ya que se sustituye el cuadro de códigos utilizados en los sistemas de declaración y percepción, según el tipo de operación (compra de moneda extranjera, adquisición de bienes o servicios en el exterior, contratación de servicios prestados por no residentes, agencias de turismo, transporte internacional, etc.) y según el tipo de contribuyente (monotributistas o responsables inscriptos) [art. 15]
- La eliminación de los Anexos I y II, que contenían especificaciones complementarias al régimen, aunque se mantiene su aplicación respecto de los hechos y situaciones ocurridos durante su vigencia.
Puede acceder al texto completo de la RG 5672 en este enlace.
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