La IGJ simplifica el régimen de constitución de sociedades

Novedades legales - 25 de Septiembre, 2026

El 23 de septiembre de 2026 entró en vigor la Resolución General IGJ N° 11/2026, que modifica la RG 15/2024 y la RG 6/2017 en relación con los requisitos para la constitución de sociedades comerciales incluidas las sociedades por acciones simplificadas (SAS). A continuación, un breve resumen de las principales novedades:

  1. Eliminación del dictamen de precalificación obligatorio. El dictamen de precalificación para la constitución de sociedades pasa a ser facultativo.

  2. Objeto social amplio y plural. El objeto social puede conformarse por una o más categorías de actividades en términos sectoriales o funcionales, sin que se exija conexidad, complementariedad ni descripción de actividades particulares. Para las SAS, se admite la fórmula “la realización de cualquier actividad lícita”.

  3. Incorporación de la sede electrónica. Se puede declarar una dirección de correo electrónico como sede electrónica, con efectos jurídicos frente a socios y terceros, sin que ello sustituya la sede física.

  4. Más medios para acreditar aportes dinerarios. Se amplían los medios admitidos para acreditar la integración de aportes dinerarios: comprobante bancario, manifestación del escribano o constancia emitida por el sistema cuando la constitución se realice por medios digitales. Para montos de hasta dos (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, la integración puede acreditarse mediante declaración jurada del administrador o de los socios, o bien mediante acta de recepción suscripta por el representante legal.

  5. Cláusula arbitral. Se agrega la posibilidad de pactar que la cláusula arbitral a incorporar a los estatutos sea obligatoria para la sociedad, los socios y los miembros de todos los órganos sociales aún cuando al momento de suscitarse la controversia hubiesen perdido la condición de socio o cesado en sus cargos. La IGJ publicará en su sitio web modelos de orientativos de cláusulas arbitrales.

Los invitamos a consultar el texto completo de la Resolución General N° 11/2026 y sus modificatorias:

Resolución General N° 11/2026

Nuestro equipo de Derecho Societario se encuentra a disposición para analizar el impacto de la RG IGJ 11/2026.


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Este mensaje tiene un carácter informativo general y no debe considerarse como asesoramiento legal. En caso de necesitar asistencia profesional, por favor contacte a nuestros expertos.

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